ANPE-Andalucía • Guía del Profesorado 2014-2015 - page 77

3. El Claustro de Profesorado formulará propuestas al equipo directivo para la ela-
boracióndel PlandeCentro, fijará criterios referentes a laorientación y tutoríadel
alumnado,
4. El Plan de Centro tendrá un carácter plurianual, obligará a todo el personal del
centro y vincularáa la comunidadeducativadelmismo. Sepodráactualizar omo-
dificar, en su caso, tras los procesos de autoevaluacióno a propuesta del director
odirectora en funciónde suproyectode dirección.
5. El Plan de Centro será público y se facilitará su conocimiento por la comunidad
educativa y la ciudadanía engeneral.
El proyectoeducativo.
1. El proyecto educativo constituye las señas de identidad del centro docente y ex-
presa la educación que desea y va a desarrollar en unas condiciones concretas,
por loquedeberá contemplar los valores, los objetivos y las prioridades de actua-
ción, no limitándose sóloa los aspectos curriculares, sino tambiénaaquellosotros
que, desdeunpuntode vista cultural, hacendel centrounelementodinamizador
de la zona donde está ubicado.
2. El proyecto educativo definirá los objetivos particulares que el centro se propone
alcanzar, partiendo de su realidad y tomando como referencia la Ley Orgánica
2/2006, de 3 demayo, y la Ley 17/2007, de 10 de diciembre, acerca de los prin-
cipiosqueorientan cadaunade las etapas educativasque se impartenenelmismo
y las correspondientes prescripciones acerca del currículo.
3. El proyecto educativo abordará, al menos, los siguientes aspectos:
a) Objetivos propios para lamejora del rendimiento escolar.
b) Líneas generales de actuaciónpedagógica.
c) Coordinación y concreción de los contenidos curriculares, así como el trata-
miento transversal en las áreas de la educación en valores y otras enseñanzas,
integrando la igualdadde género comounobjetivoprimordial.
d) Los criterios pedagógicos para la determinación del horario de dedicación de
las personas responsables de los órganos de coordinacióndocente, de confor-
midad con el número total de horas que, a tales efectos, se establezca por
Ordende laConsejería competente enmateria de educación.
e) Los procedimientos y criterios de evaluación y promocióndel alumnado.
f) La forma de atención a la diversidaddel alumnado.
g) La organizaciónde las actividades de refuerzo y recuperación.
h) El plande orientación y acción tutorial.
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Autonomía de los centros
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