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CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE
Dirección General de Gestión de Recursos Humanos
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a) Que el menor padezca cáncer u otra enfermedad grave. Como enfermedad
grave se entiende si figura con esa calificación en el listado del anexo de
Real Decreto 1148/2011, de 29 de julio.
b) Que el menor precise un cuidado directo, continuo y permanente de alguno
de los progenitores, adoptantes o acogedores. Este supuesto se entenderá
si la situación clínica del menor exige un ingreso hospitalario de larga
duración o, si una vez diagnosticada la enfermedad considerada grave y
tras el ingreso, permanece la necesidad, en el domicilio, de cuidados que
pueden considerarse como continuación del ingreso hospitalario de larga
duración.
La interpretación de este supuesto es la que genera mayor confusión en su
valoración, por cuanto un menor con una enfermedad crónica, con secuelas
permanentes, limitaciones y discapacidades, es evidente que necesita atenciones
extras por parte de sus progenitores, de revisiones periódicas por los servicios
médicos especializados, de tratamientos crónicos, etc., pero estos cuidados, una vez
estabilizada la situación clínica e instaurado un tratamiento de mantenimiento, no se
pueden asimilar a la situación de prolongación de la hospitalización de larga duración
en el domicilio.
13. PERMISO POR RAZONES DE FORMACIÓN.
PLAZO.
Si bien el apartado 2.1 del permiso II.3 de la Circular de 6 de febrero, de
Permisos, Licencias y Reducciones de jornada, establece que las solicitudes se
entregarán con al menos un mes de antelación a la fecha de inicio de la actividad,
este plazo hay que entenderlo de manera flexible, de forma que las solicitudes de
actividades cuyas fechas se conozcan con menos tiempo de antelación, habrán de
tramitarse más ágilmente.
En definitiva, habrá de tenerse presente que la presentación fuera de dicho
plazo de un mes no supone necesariamente la paralización o no tramitación de las
correspondientes solicitudes. El personal docente, no obstante, habrá de ir
habituándose a solicitar el permiso de formación con la antelación sobredicha.