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CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE
Dirección General de Gestión de Recursos Humanos
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3. REDUCCIÓN DE JORNADA POR GUARDA LEGAL Y POR RAZONES DE
CUIDADO DE UN FAMILIAR.
1. Caso práctico.
Ramón es un funcionario que ha comenzado el curso con una reducción de
jornada de ½. El 3 de febrero solicita pasar a una reducción de
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. ¿Es ello posible?
Aunque la Circular establece que “al objeto de planificar adecuadamente el
funcionamiento de los centros educativos y garantizar la continuidad pedagógica de
los alumnos que el derecho a la educación requiere, esta reducción de jornada [por
curso académico] deberá solicitarse antes del 1 de julio de cada año”, o en el
momento de presentar la solicitud de participación en el procedimiento de
adjudicación de destinos provisionales, podría atenderse una solicitud de modificación
de la reducción de jornada si se ha producido una circunstancia modificadora del
objeto de la reducción, debidamente acreditada, y ello no produce distorsión en la
plantilla de funcionamiento ni en el servicio educativo.
2. Caso práctico.
Las reducciones de jornada por estas causas ¿pueden disfrutarse
simultáneamente por ambos cónyuges en el supuesto de que ambos trabajen?
Sí, en todos los casos.
4. PERMISO DE PATERNIDAD.
1. Caso práctico.
Rafael, maestro, solicita el permiso de paternidad por haber nacido su hijo
Gabriel. Él alude en su solicitud que aunque es el primer hijo con su esposa,
realmente es el tercer hijo de la unidad familiar, habida cuenta de que la esposa tiene
ya dos hijos. ¿Tiene derecho a los 20 días de permiso por darse en él uno de los
requisitos a que se refiere la Circular?
Efectivamente, la Circular establece que si con el nuevo nacimiento la familia
pasa a tener la consideración de numerosa, los días del permiso serán 20.