Actualidad en Andalucía
NORMATIVA DE REFERENCIA EN MATERIA DE JUBILACIÓN Y PENSIONES
INFORMACIÓN SOBRE PENSIONES DE LA SEGURIDAD SOCIAL
JUBILACIÓN VOLUNTARIA
Para solicitar la jubilación voluntaria, es necesario que el funcionario público haya cumplido 60 años de edad y tenga reconocidos 30 años de servicios efectivos al Estado.
Con efectos de 1 de enero de 2011, el derecho a la correspondiente pensión estará condicionado a que los últimos cinco años de servicios computables estén cubiertos en el Régimen de Clases Pasivas del Estado, cuando para completar los treinta años de servicios exigidos hubieran de computarse períodos de cotización a otros regímenes, por aplicación de las normas sobre cómputo recíproco de cuotas entre regímenes de Seguridad Social.
No obstante lo anterior, al personal de la Administración del Estado en servicio activo, servicios especiales, excedencia por cuidado de familiares y excedencia por razón de violencia de género que, como consecuencia de la superación de los procesos de acceso y promoción regulados en la normativa general de función pública, cambie de régimen de protección social, les será de aplicación, en materia de jubilación voluntaria, la normativa vigente a 31/12/2010.
Además, el Personal de las Cortes Generales, podrá jubilarse voluntariamente cuando cumpla 60 años de edad o tenga reconocidos 35 años de servicios efectivos a las Cortes Generales o a cualquier otro ente público.
Asimismo, los funcionarios de los Cuerpos Docentes Universitarios podrán jubilarse voluntariamente al cumplir 65 años; y, los Magistrados, Jueces, Fiscales y Secretarios Judiciales también al cumplir dicha edad, pero si lo solicitan con 6 meses de antelación de su órgano de jubilación.
La solicitud se iniciará por el funcionario interesado, mediante escrito en el que se deberá indicar necesariamente la fecha en la que desea ser jubilado y habrá de presentarse ante el órgano de jubilación, al menos, tres meses antes de la fecha de jubilación solicitada
DOCUMENTACIÓN ADJUNTA AL ESCRITO: Fotocopias del DNI y la tarjeta de MUFACE e Impreso de Declaraciones del Funcionario para el Reconocimiento de la Pensión.
16-03-2013
Normativa de referencia sobre jubilación y pensiones del profesorado de la enseñanza pública
[Pensiones]
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