ANPE-Andalucía • Guía del Profesorado 2014-2015 - page 66

competente deberá de resolver de formamotivada la aceptaciónodenegaciónde la
prolongación.
JUBILACIÓNVOLUNTARIA
Para solicitar la jubilación voluntaria, es necesario que el funcionario público haya
cumplido 60 años de edad y tenga reconocidos 30 años de servicios efectivos al
Estado.
Con efectos de 1 de enero de 2011, el derecho a la correspondiente pensión estará
condicionado a que los últimos cinco años de servicios computables estén cubiertos
en el Régimen de Clases Pasivas del Estado, cuando para completar los treinta años
de servicios exigidos hubierande computarse períodos de cotización a otros regíme-
nes, por aplicaciónde lasnormas sobre cómputo recíprocode cuotas entre regímenes
de Seguridad Social.
Noobstante loanterior, al personal de laAdministracióndel Estadoen servicioactivo,
servicios especiales, excedencia por cuidado de familiares y excedencia por razón de
violencia de géneroque, como consecuencia de la superaciónde los procesos de ac-
ceso y promoción regulados en la normativa general de función pública, cambie de
régimen de protección social, les será de aplicación, enmateria de jubilación volun-
taria, la normativa vigente a 31/12/2010.
Además, el Personal de lasCortesGenerales, podrá jubilarse voluntariamente cuando
cumpla60añosdeedado tenga reconocidos35añosde servicios efectivos a lasCor-
tesGenerales o a cualquier otro ente público.
Asimismo, los funcionarios de los Cuerpos Docentes Universitarios podrán jubilarse
voluntariamente al cumplir 65 años; y, losMagistrados, Jueces, Fiscales y Secretarios
Judiciales tambiénal cumplir dichaedad, pero si lo solicitan con6mesesdeantelación
de suórganode jubilación.
La solicitud se iniciarápor el funcionario interesado,medianteescritoenel que sede-
berá indicar necesariamente la fecha en la que desea ser jubilado y habrá de presen-
tarseanteel órganode jubilación, almenos, tresmeses antesde la fechade jubilación
solicitada.
DOCUMENTACIÓNADJUNTAALESCRITO: Fotocopiasdel DNI y la tarjetadeMUFACE
e ImpresodeDeclaraciones del Funcionariopara el Reconocimientode la Pensión.
JUBILACIÓNPOR INCAPACIDADPERMANENTE
Parahallar lapensióndeun funcionariodocente, que se encuentre en causapara ju-
bilarse por imposibilidad física o incapacidad permanente, se determina su pensión
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Pensiones
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